Bonificaciones Vigentes Para Contratar En 2019

CONTRATO PARA LA FORMACION Y EL APRENDIZAJE: las empresas que deseen contratar con esta modalidad se benefician de una bonificación del 100% de los seguros sociales (75% si es una gran empresa con mas de 250 trabajadores) durante 3 años como máximo. Además recibirá una bonificación de entre 60 y 80€ en concepto de tutorización del trabajador. El contrato de formación está destinado a formar a jóvenes, menores de 25 años, en un puesto de trabajo y se realiza a jornada completa, del total de la jornada se destina el 75% a trabajar y el 15% para formarse (85% de trabajo y 15% de formación si se trata de una prorroga de 2º y 3er año). La formación es oficial y también esta bonificada al 100%. Este tipo de contrato no exige mantenimiento del nivel de plantilla o del trabajador. La obligación es proporcionar formación al trabajador sobre una profesión. El salario que perciben estos trabajadores será el establecido en convenio, o en su defecto el 75% sobre el SMI. En caso de discapacidad no se aplicará limite de edad.

TRANSFORMACION DEL CONTRATO DE FORMACION EN INDEFINIDO: Las empresas que transformen los contratos de formación a su término en indefinidos podrán aplicar una bonificación de 1.500 euros en los seguros sociales en las cuotas empresariales a la Seguridad Social (1.800 euros, si es trabajadora) durante 3 años.

BONIFICACIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
. contrato indefinido o transformación en indefinido para menores de 45 años: 4.500€ ó 5.350€, si es mujer. En caso de discapacidad severa, se aplicarían 5.100€ (5.950€ si es mujer) durante la vigencia del contrato.
. contrato temporal para menores de 45 años: 3.500€ (4.100€ si es mujer), 4.100€ si es una discapacidad severa, 4.700€ para mujeres con discapacidad severa, durante la vigencia del contrato.
. contrato indefinido o transformación en indefinido para mayores de 45 años: 5.700€ ó 6.300€ si tiene discapacidad severa durante la vigencia del contrato.
. contrato temporal para mayores de 45 años: 4.100€ (4.700€ si es mujer), 4.700€ si es una discapacidad severa, 5.300€ si es mujer con discapacidad severa, durante toda la vigencia del contrato.
También existen bonificaciones del 100% de la cuota empresarial por la contratación indefinida o temporal o conversión en indefinido de contratos temporales por un Centro especial de empleo, y para contratos de interinidad, durante toda la vigencia del contrato (Ley 43/2006 y Ley 45/2002).
Asimismo, los trabajadores con discapacidad reconocida, también podrán ser contratados mediante contrato de formación, aplicándose la bonificación del 100% de los seguros sociales durante toda la vigencia del contrato. En este caso no se aplicará limite de edad.

BONIFICACIONES PARA COLECTIVOS EN RIESGO DE EXCLUSION Y VICTIMAS DE DIFERENTES CIRCUNSTANCIAS:
Se mantienen las bonificaciones para colectivos en riesgo de exclusión, victimas de violencia de genero, etc.
. victima de violencia de género, trata de seres humanos y victimas de terrorismo: bonificación de 1.500€ si el contrato es indefinido , 600€ si es temporal, durante la vigencia del contrato, 4 años si es indefinido.
. trabajadores en riesgo de exclusión social: bonificación de 600€ si es contrato indefinido, 500€ para contratos temporales y 650€ para conversiones en indefinido, durante 4 años si es indefinido o durante toda la vigencia, si es contrato temporal.

Además de este tipo de bonificaciones existen otras, destinadas a colectivos muy específicos por el perfil del trabajador, o la actividad, que aparecen publicadas en el SEPE.

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