Obligación de comunicar el registro de los nuevos contratos laborales en el plazo establecido.

El plazo que tienen las empresas para comunicar al SEPE (Servicio Público de Empleo) la concertación de un nuevo contrato es de 10 días hábiles. Si su empresa incumple este plazo, se trata de una falta tipificada como leve por la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (art. 14 de la LISOS). La Sanción que lleva aparejada es en su grado mínimo de 60 a 125 euros, en su grado medio de 126 a 310 euros y en su grado máximo de 311 a 625 euros (art. 40.1.a de la LISOS).

Como su empresa tiene que comunicar la contratación a través del sistema Contrat@, en el momento en que se registre el contrato, el sistema detecta automáticamente que ha cometido la infracción, por lo que la sanción está prácticamente asegurada.

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